Ley N°19.885 sobre Donaciones para Fines Sociales

¿Que es?

La Ley N° 19.885, más conocida como Ley de Donaciones con Fines Sociales, es una herramienta de Cooperación Público Privada que incentiva las donaciones a organizaciones sociales sin fines de lucro y norma el buen uso de las donaciones, ya que otorga un beneficio tributario a quienes realizan una donación en dinero.

¿Quiénes pueden donar?

Empresas y personas naturales, contribuyentes del impuesto de Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta, que declaren su renta efectiva sobre la base de contabilidad completa, Impuesto Global Complementario y las empresas afectas al Impuesto Único de segunda Categoría y que no sean empresas del Estado o en la que éste o sus instituciones participen.

¿A quiénes puedes donar?

1.- A través de un proyecto de alguna Fundación y/o Corporación sin fines de lucro que deberá  estar aprobado en el Banco del Proyectos del Ministerio de Desarrollo Social, el cual tiene por objetivo contribuir a mejorar la calidad de vida de las personas y/o comunidad en situación de pobreza y/o de discapacidad, así como de prevención y rehabilitación de alcohol y/o drogas.
2.- A través del Fondo Mixto, cuyos recursos provienen de donaciones de empresas y personas naturales y deben ser distribuidos mediante un fondo concursable, siendo el Consejo de Donaciones Sociales el encargado de administrarlo.

¿Qué beneficios tributarios nacen para el donante?

Las donaciones de un monto inferior o igual a 1.000 UTM tendrán derecho a un crédito equivalente al 50% del monto donado en contra los impuestos respectivos y el 50% restante podrá ser deducido como gasto.
Si la donación supera los 1.000 UTM, el monto en exceso a los 1.000 UTM tendrá el siguiente tratamiento: (i) Si al menos el 33% del exceso fue donado al Fondo, se tendrá un crédito equivalente al 50% del monto donado en exceso y el 50% restante, será deducible como gasto. (ii) Si un porcentaje inferior al 33% del exceso fue donando al Fondo, el crédito que se tendrá será equivalente al 35% del monto en exceso y el 65% restante será deducible como gasto.

¿Cómo una empresa puede donar a FUCAP a través de esta ley?

Fundación para la Capacitación tiene aprobado su proyecto en el Banco de Proyectos del Ministerio de Desarrollo Social.

Si eres empresa y te gustaría ser parte del cambio para contribuir a la capacitación en diferentes liceos técnicos del país, favor déjanos tus datos en el siguiente formulario y te contactaremos.

Una vez realizada la donación, Fundación para la Capacitación emite y envía certificado de donación de la Ley 19.885 y realiza la Declaración Anual Jurada N° 1828 sobre donaciones con fines sociales a todos los actores involucrados

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